jueves, 19 de julio de 2012


JURA DE LA PRIMERA CONSTITUCIÓN URUGUAYA
18 DE JULIO DE 1830
Pero:
¿QUÉ ES UNA CONSTITUCIÓN?


El 18 de julio de 1830 se juró nuestra primera Constitución, que contaría las disposiciones fundamentales para organizarnos como nación.

Artigas ya reconocía la importancia de tener una Constitución propia. Lo demostró en la apertura del Congreso de Abril de 1813, cuando afirmó ante los Representantes de los Pueblos de la Banda Oriental: “... es muy veleidosa la probidad de los hombres; solo el freno de la Constitución puede afirmarla”.

Nuestra primera Constitución se mantuvo vigente casi noventa años, hasta 1917, fecha en la que se reformó el texto original. Algunos principios que se establecieron en ella todavía se conservan en el texto actual, lo que demuestra el excelente trabajo de los constituyentes de aquella época.

Como dato curioso, te contamos que Artigas tenía un ejemplar de esta Constitución, acompañándolo durante sus últimos años en Paraguay.

Una Comisión redacto el Proyecto de Constitución, basándose en documentos de otros países y adaptándolos a nuestra realidad. Ese Proyecto fue estudiado y luego aprobado por la Asamblea Constituyente y Legislativa., que sesionó primeramente en San José, luego en Canelones, después en la zona de la Aguada, en el departamento de Montevideo, y finalmente en el edificio del Cabildo.

Con el correr de los días, de todos los puntos del país llegaron legisladores para unirse a esta tarea. Eso hizo que se buscaran lugares cada vez más grandes para trabajar. Cuando la Asamblea se instaló en el Cabildo, la amplitud del local permitió que el público pudiera presenciar los debates constituyentes.

¿Cómo se juró la Constitución?

A las diez y media de la mañana del 18 de julio de 1830, las autoridades se dirigieron a la Iglesia Matriz, donde se celebró una solemne ceremonia. Después, el Gobernador General Juan Antonio Lavalleja se encaminó hacia el Cabildo, acompañado por sus ministros, jefes militares, representantes de la Iglesia y otras autoridades.

Allí juraron la Constitución. Luego lo hicieron las tropas formadas en la Plaza, y a continuación el público asistente, que por grupos subía a un tablado donde se le tomaba juramento.

Si hubiéramos estado allí en aquel momento, habríamos escuchado las siguientes palabras:

¿Juráis a Dios y prometeir a la Patria cumplir y hacer cumplir en cuanto de vos dependa la Constitución del Estado Oriental del Uruguay, sancionada el 10 de setiembre de 1829 por los representantes de la Nación?
Sí, juro.

¿Juráis sostener y defender la forma de Gobierno representativa-republicana que establece la Constitución?
Sí, juro.

¿Juráis respetar, obedecer y defender las autoridades que fuesen nombradas en virtud de lo sancionado en la misma?
Sí, juro.

¿Juráis obedecer y cumplir las leyes, decretos y resoluciones que diere el Cuerpo Legislativo de la Nación?
Sí, juro.

Si así lo hiciereis, Dios os ayudará, si no, Él y la Patria os demandarán.

Fue una verdadera fiesta en todo el territorio nacional, aunque la  mayoría no entendía bien qué significaba ese acontecimiento. Lo que sí  sentían todos era que ese día nacía para el mundo una nueva nación.

Jurar  aquella primera Constitución significó el compromiso de respetarla en   todo lo que ella establecía. Por ejemplo, que la soberanía radica en la  nación, que la forma de gobierno sería la de una República  Representativa con división de poderes (Ejecutivo, Legislativo y  Judicial), que la religión del Estado sería la católica y que los  ciudadanos podrían ser “naturales” o “legales” (según una serie de  consideraciones, que no incluían en ningún caso a los soldados en  línea, a los peones y jornaleros, a los procesados por causa  criminal,  a los deudores del Estado ni mujeres). Contenía también una serie de  disposiciones sobre los gobiernos departamentales y sobre las  libertades individuales. En este último punto, reivindicaba el derecho  a la vida, a la seguridad, a la propiedad, la igualdad ante la ley, la libertad de prensa y de pensamiento, así como la prohibición del tráfico de esclavos y la libertad de vientres, por lo cual se aseguraba  que nadie nacería esclavo en todo el territorio nacional.







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